Por Juan Carlos Martínez Botero
Representante Estudiantil al Consejo Superior
Universidad de Caldas
Manizales, Julio de 2011
Representante Estudiantil al Consejo Superior
Universidad de Caldas
Manizales, Julio de 2011
Tras cuatro meses de debate, el gobierno de Juan Manuel Santos ha anunciado la presentación del proyecto de reforma a la educación superior con las supuestas "modificaciones” luego del cacareado proceso de socialización con los estamentos universitarios. La lectura del texto oficial deja claro que el gobierno mantuvo intactos los elementos más cuestionados, que son la columna vertebral, de la reforma santista a la educación superior que será presentada[1] ante el Congreso de la República. El ánimo de lucro en las instituciones de educación superior, la desfinanciación estatal, el vínculo con el sector financiero y el fomento del subsidio a la demanda son los elementos más relevantes que denotan el propósito gubernamental de entronizar una concepción que promueve un modelo de universidad como empresa, educación como mercancía y tomada por el capital financiero.
El proyecto de Ley consigna en los artículos 38 al 44, el marco legal para la constitución de universidades con ánimo de lucro adecuando el ordenamiento jurídico a las exigencias contenidas en los capítulos de inversiones y comercio transfronterizo de servicios del TLC con EE.UU. Estas disposiciones derogan el artículo 98 de la Ley 30 de 1992, que contempla que: “Las instituciones privadas de educación superior deben ser personas jurídicas de utilidad común, sin ánimo de lucro (...)” y pone a tono la legislación colombiana con el artículo 11.4: (b) del TLC con EE.UU que prohíbe a los Estados partes que “restrinjan o prescriban los tipos específicos de persona jurídica o de empresa conjunta por medio de los cuales un proveedor de servicios puede suministrar un servicio”. De acuerdo con el artículo 39, del proyecto, las nuevas sociedades comerciales, que serán las universidades, “podrán recibir nuevos inversionistas, repartir dividendos y vender acciones”.
El lenguaje estrictamente comercial con el que el proyecto de Ley se refiere a un derecho social, deja claro la sintonía del gobierno de Juan Manuel Santos con las normas de la Organización Mundial del Comercio y en particular con el Acuerdo General sobre Comercio y Servicios –AGCS- que desde 1995 promueve la mercantilización de los más diversos derechos y aúpa la consolidación del neoliberalismo en beneficio de los grandes poderes transnacionales. A lo que se expone el país con la existencia de estas instituciones es a que se ofrezcan programas de mala calidad, a la creación de carreras que no contemplan las necesidades del país, a la expedición de títulos que no tengan entrada al mercado laboral, a la contratación de profesores a destajo y con salarios bajos, a que se reduzcan las inversiones de las universidades privadas en infraestructura y en capacitación docente y a que se aumenten las tasas de deserción tal como ha sido el caso de los Estados Unidos. Como lo advierte Francisco Piedrahíta, rector de Icesi: “En Estados Unidos, México y Brasil, las instituciones con ánimo de lucro ofrecen, en general, programas malos”[2]
De otro lado, y no obstante estar suficientemente documentado el déficit financiero que atraviesa el Sistema Estatal de Universidades, la promesa del gobierno de entregar importantes recursos no pasó de la demagogia peculiar que caracteriza al gobierno de Santos. Del artículo 145 al 152 del proyecto, con algunas variaciones no significativas, se mantiene intacto el esquema de financiación definido en la Ley 30 de 1992, el cual no contempla, ni reconoce, los gastos adicionales en los que han incurrido las universidades públicas. La Contraloría General de la República, CGR, ha señalado que, en la década que acaba de pasar, las transferencias del Sistema General de Participaciones (SGP) para educación (básica y media) como porcentaje del PIB han decrecido: en 2001 alcanzaron el 3,3%, en 2004 descendieron al 3,1% y desde 2006 hasta la fecha (2008) están en el 3%. Una tendencia semejante exhibe el gasto público en la educación terciaria: la participación de los aportes de la nación a las universidades públicas como porcentaje del PIB muestra un descenso constante (en 2000 era del 0,52%, en 2004 del 0,48% y en 2007 del 0,36%).[3] Según los cálculos efectuados por la CGR, con base en los informes de ejecución presupuestal del Ministerio de Educación Nacional 2000-2007[4], los aportes de la nación a las universidades públicas se han mantenido prácticamente en el mismo nivel, entre 2002, año en el cual los aportes sumaron $1.520 miles de millones, y el 2007, cuando la suma fue de $1.526 miles de millones. Por el contrario, la cobertura estudiantil ha tenido un aumento considerable, destinándose cada vez menos pesos por estudiante para el sistema estatal de universidades públicas. Según el SUE[5] en 1992 había 200.000 estudiantes matriculados en universidades públicas, y al año 2007 esta cifra ascendía a 494.937 estudiantes, un incremento del 147.47%. De igual forma, “Los programas de pregrado ofrecidos pasaron de 1.233 en el año 2003 a 3.173 en el año 2007, y en ese mismo periodo los programas de posgrado pasaron de 777 a 911.”[6] Un reciente estudio señala que, la inversión estatal per cápita promedio en las universidades públicas, “alcanzaba la cifra de 5,69 millones en 1993 mientras que en 2008 era de 3,67 millones a pesos constantes de 2008”[7]
Los “nuevos” recursos definidos en los artículos 150 y 151 del proyecto, no irán directamente a las 32 universidades públicas sino al Ministerio de Educación Nacional y además a ellos también accederán las otras 48 instituciones de educación superior estatales. Son tan exiguos que Moisés Wasserman, rector de la Universidad Nacional, los ridiculizó señalando que se trata de: “un aumento en 150 mil pesos por estudiante del sistema por año, que es absolutamente irrisorio"(El Tiempo, 24-07-2011). Una verdadera burla a las necesidades del sector universitario en Colombia y que muestra las profundas diferencias con un país como EE.UU, que pone el Ministerio de Educación de ejemplo para justificar la reforma, en el cual “el gasto por alumno es de 100 mil dólares al año” (El Espectador 12-08-2009).
Además de ser escasos el proyecto de Ley condiciona los nuevos recursos, que son del 3% respecto a los aportes de la nación a las instituciones de educación superior estatales, al aumento de cobertura, al reconocimiento de la productividad académica del personal docente, a la formación docente y a la promoción de la investigación y la innovación. Como se observa los propósitos superan con creces el pírrico incremento planteado, siendo además la destinación específica una interferencia indebida en la autonomía universitaria. Es palpable que el proyecto de Ley no reconoce la situación de déficit estructural y obvia el más reciente informe del Sistema Universitario Estatal, entregado hace poco por los rectores, que señala:
Los aportes de la nación han disminuido sustancialmente y se presenta un crecimiento cada vez mayor de las rentas propias, de manera que para la vigencia 2010, el aporte del Gobierno Nacional no superó el 50% del presupuesto total de las Universidades, en contraposición con la información suministrada por el MEN y publicada en el Periódico El Tiempo el pasado 10 de abril, según la cual, el aporte de la Nación para las universidades públicas alcanza el 55% de los ingresos totales. De otra parte, comparando los aportes del gobierno nacional en la vigencia 1993 con ocasión de la entrada en vigencia de la Ley 30 de 1992, frente a los aportes realizados en la vigencia 2010, se observa la tendencia decreciente de éstos (73,48% en 1993 y 49% para el 2010) frente a la tendencia creciente de la ejecución de rentas propias de las universidades públicas (22,39% en 1993 y 45% en el 2010).[8]
Las cifras confirman que la desfinanciación estatal tiene como consecuencia el crecimiento de las rentas propias de las universidades, cuyo componente principal es el cobro de derechos pecuniarios, no será raro entonces que se sigan imponiendo modificaciones en los sistemas de matrículas de pregrado y posgrado de las universidades colombianas. Cabe destacar que actualmente el sistema de posgrados en las universidades estatales es tan o igual de costoso que en las universidades privadas. En la práctica no hay universidad pública accesible a los sectores populares en posgrado.
Como no hay una solución estructural por parte del Estado a la situación de desfinanciación, el proyecto de Ley, plantea de los artículos 156 al 168, fuentes alternativas de financiación: A las Instituciones de Educación Superior, IES, y a los estudiantes, fomentando el denominado subsidio a la demanda en desmedro del subsidio a la oferta. No significa esto grandes subvenciones del Estado, por el contrario el camino señalado a universidades y estudiantes es el del endeudamiento con diversas instituciones ligadas al capital financiero. El Fodesep es convertido en Sociedad Anónima (art 156) con el propósito de vincular al capital privado en proyectos donde se oferte el servicio de educación superior, tendrá también la función de ser garante de los créditos que adquieran las instituciones de educación públicas y privadas con el propósito de aumentar la cobertura. Para el mejoramiento de la calidad educativa el propósito del proyecto es también buscar el endeudamiento de las IES, para lo cual el gobierno propone (art 157) que el Fondo Nacional de Garantías actúe como ente que respalde los créditos que estas contraigan. En esa misma línea para el mejoramiento de la inversión y la infraestructura, se propone (art 159) establecer una línea especial de crédito a través de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A, Findeter.
Es evidente que como los exiguos recursos que promete el gobierno no alcanzan para: Cumplir las metas de cobertura; garantizar una educación de calidad y mejorar la inversión y la infraestructura, el proyecto de Ley plantea el endeudamiento con el sector financiero para tratar de cumplir con tales fines. Esto obliga a la IES a aumentar el recaudo de rentas propias, a costa de un encarecimiento de las matrículas y demás servicios que ofrecen, con el fin de honrar sus obligaciones. A lo máximo que llega el gobierno es a poner al Fodesep, al Fondo Nacional de Garantías y a la FINDETER como respaldo de tales obligaciones evidenciando un desentendimiento estatal con el fortalecimiento del sector universitario. Así como la recomendación a la IES, por la escasez de recursos, es el crédito con el capital financiero, en esa misma línea es el mensaje que a través del ICETEX, convertido en un banco y cobrando intereses de usura, se envía a los estudiantes colombianos que tengan que recurrir a cualquiera de los mecanismos establecidos por esta institución para cursar sus estudios superiores. Con algunas becas para sectores muy reducidos y la creación de un Fondo para la Permanencia Estudiantil administrado por el Icetex, la regla es el fortalecimiento del subsidio a la demanda mediante la promoción del crédito educativo con lo que se empeña el futuro de las nuevas generaciones.
No queda duda entonces que el proyecto de Ley no recoge las aspiraciones del sector universitario colombiano, por el contrario profundiza la desfinanciación de la universidad, entroniza la concepción de universidad empresa y de educación como mercancía y renuncia explícitamente al desarrollo del aparato científico-tecnológico del país. El debate está vivo y la resistencia civil de los colombianos prevalecerá ante este nuevo atentado del santismo.
[1] Ver el http://m.eltiempo.com/vida-de-hoy/educacion/la-reforma-a-la-educacin-superior/9921924[2] Ver http://m.eltiempo.com/vida-de-hoy/educacion/la-educacion-superior-como-negocio-pros-y-contras/9860271/1
[3] CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Inclusión y Exclusión Social en Colombia: Educación, Salud y Asistencia Social Mercado y Política Social. Informe Social. Bogotá: Imprenta Nacional, 2008. p. 181.[4] Ibíd., pág. 92.
[5] SISTEMA UNIVERSITARIO ESTATAL. Revisión de la financiación con recursos de la nación para las Universidades Públicas. BOGOTÁ JUNIO 3 DE 2009. p. 4.
[6] Ibidem[7] Garzón, Carlos. Educación Superior Pública en Colombia: ¿Escasez de recursos o de voluntad política? Bogotá: Versión en PDF, 2010. p. 9. Disponible en http://universidad.edu.co/images/cm...
[8] SISTEMA UNIVERSITARIO ESTATAL. LA NUEVA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA: UN PROCESO DE CONSTRUCCIÓN INCLUYENTE DE LA NUEVA LEY DE EDUCACION SUPERIOR. Bogotá, Junio de 2011. p. 66
El proyecto de Ley consigna en los artículos 38 al 44, el marco legal para la constitución de universidades con ánimo de lucro adecuando el ordenamiento jurídico a las exigencias contenidas en los capítulos de inversiones y comercio transfronterizo de servicios del TLC con EE.UU. Estas disposiciones derogan el artículo 98 de la Ley 30 de 1992, que contempla que: “Las instituciones privadas de educación superior deben ser personas jurídicas de utilidad común, sin ánimo de lucro (...)” y pone a tono la legislación colombiana con el artículo 11.4: (b) del TLC con EE.UU que prohíbe a los Estados partes que “restrinjan o prescriban los tipos específicos de persona jurídica o de empresa conjunta por medio de los cuales un proveedor de servicios puede suministrar un servicio”. De acuerdo con el artículo 39, del proyecto, las nuevas sociedades comerciales, que serán las universidades, “podrán recibir nuevos inversionistas, repartir dividendos y vender acciones”.
El lenguaje estrictamente comercial con el que el proyecto de Ley se refiere a un derecho social, deja claro la sintonía del gobierno de Juan Manuel Santos con las normas de la Organización Mundial del Comercio y en particular con el Acuerdo General sobre Comercio y Servicios –AGCS- que desde 1995 promueve la mercantilización de los más diversos derechos y aúpa la consolidación del neoliberalismo en beneficio de los grandes poderes transnacionales. A lo que se expone el país con la existencia de estas instituciones es a que se ofrezcan programas de mala calidad, a la creación de carreras que no contemplan las necesidades del país, a la expedición de títulos que no tengan entrada al mercado laboral, a la contratación de profesores a destajo y con salarios bajos, a que se reduzcan las inversiones de las universidades privadas en infraestructura y en capacitación docente y a que se aumenten las tasas de deserción tal como ha sido el caso de los Estados Unidos. Como lo advierte Francisco Piedrahíta, rector de Icesi: “En Estados Unidos, México y Brasil, las instituciones con ánimo de lucro ofrecen, en general, programas malos”[2]
De otro lado, y no obstante estar suficientemente documentado el déficit financiero que atraviesa el Sistema Estatal de Universidades, la promesa del gobierno de entregar importantes recursos no pasó de la demagogia peculiar que caracteriza al gobierno de Santos. Del artículo 145 al 152 del proyecto, con algunas variaciones no significativas, se mantiene intacto el esquema de financiación definido en la Ley 30 de 1992, el cual no contempla, ni reconoce, los gastos adicionales en los que han incurrido las universidades públicas. La Contraloría General de la República, CGR, ha señalado que, en la década que acaba de pasar, las transferencias del Sistema General de Participaciones (SGP) para educación (básica y media) como porcentaje del PIB han decrecido: en 2001 alcanzaron el 3,3%, en 2004 descendieron al 3,1% y desde 2006 hasta la fecha (2008) están en el 3%. Una tendencia semejante exhibe el gasto público en la educación terciaria: la participación de los aportes de la nación a las universidades públicas como porcentaje del PIB muestra un descenso constante (en 2000 era del 0,52%, en 2004 del 0,48% y en 2007 del 0,36%).[3] Según los cálculos efectuados por la CGR, con base en los informes de ejecución presupuestal del Ministerio de Educación Nacional 2000-2007[4], los aportes de la nación a las universidades públicas se han mantenido prácticamente en el mismo nivel, entre 2002, año en el cual los aportes sumaron $1.520 miles de millones, y el 2007, cuando la suma fue de $1.526 miles de millones. Por el contrario, la cobertura estudiantil ha tenido un aumento considerable, destinándose cada vez menos pesos por estudiante para el sistema estatal de universidades públicas. Según el SUE[5] en 1992 había 200.000 estudiantes matriculados en universidades públicas, y al año 2007 esta cifra ascendía a 494.937 estudiantes, un incremento del 147.47%. De igual forma, “Los programas de pregrado ofrecidos pasaron de 1.233 en el año 2003 a 3.173 en el año 2007, y en ese mismo periodo los programas de posgrado pasaron de 777 a 911.”[6] Un reciente estudio señala que, la inversión estatal per cápita promedio en las universidades públicas, “alcanzaba la cifra de 5,69 millones en 1993 mientras que en 2008 era de 3,67 millones a pesos constantes de 2008”[7]
Los “nuevos” recursos definidos en los artículos 150 y 151 del proyecto, no irán directamente a las 32 universidades públicas sino al Ministerio de Educación Nacional y además a ellos también accederán las otras 48 instituciones de educación superior estatales. Son tan exiguos que Moisés Wasserman, rector de la Universidad Nacional, los ridiculizó señalando que se trata de: “un aumento en 150 mil pesos por estudiante del sistema por año, que es absolutamente irrisorio"(El Tiempo, 24-07-2011). Una verdadera burla a las necesidades del sector universitario en Colombia y que muestra las profundas diferencias con un país como EE.UU, que pone el Ministerio de Educación de ejemplo para justificar la reforma, en el cual “el gasto por alumno es de 100 mil dólares al año” (El Espectador 12-08-2009).
Además de ser escasos el proyecto de Ley condiciona los nuevos recursos, que son del 3% respecto a los aportes de la nación a las instituciones de educación superior estatales, al aumento de cobertura, al reconocimiento de la productividad académica del personal docente, a la formación docente y a la promoción de la investigación y la innovación. Como se observa los propósitos superan con creces el pírrico incremento planteado, siendo además la destinación específica una interferencia indebida en la autonomía universitaria. Es palpable que el proyecto de Ley no reconoce la situación de déficit estructural y obvia el más reciente informe del Sistema Universitario Estatal, entregado hace poco por los rectores, que señala:
Los aportes de la nación han disminuido sustancialmente y se presenta un crecimiento cada vez mayor de las rentas propias, de manera que para la vigencia 2010, el aporte del Gobierno Nacional no superó el 50% del presupuesto total de las Universidades, en contraposición con la información suministrada por el MEN y publicada en el Periódico El Tiempo el pasado 10 de abril, según la cual, el aporte de la Nación para las universidades públicas alcanza el 55% de los ingresos totales. De otra parte, comparando los aportes del gobierno nacional en la vigencia 1993 con ocasión de la entrada en vigencia de la Ley 30 de 1992, frente a los aportes realizados en la vigencia 2010, se observa la tendencia decreciente de éstos (73,48% en 1993 y 49% para el 2010) frente a la tendencia creciente de la ejecución de rentas propias de las universidades públicas (22,39% en 1993 y 45% en el 2010).[8]
Las cifras confirman que la desfinanciación estatal tiene como consecuencia el crecimiento de las rentas propias de las universidades, cuyo componente principal es el cobro de derechos pecuniarios, no será raro entonces que se sigan imponiendo modificaciones en los sistemas de matrículas de pregrado y posgrado de las universidades colombianas. Cabe destacar que actualmente el sistema de posgrados en las universidades estatales es tan o igual de costoso que en las universidades privadas. En la práctica no hay universidad pública accesible a los sectores populares en posgrado.
Como no hay una solución estructural por parte del Estado a la situación de desfinanciación, el proyecto de Ley, plantea de los artículos 156 al 168, fuentes alternativas de financiación: A las Instituciones de Educación Superior, IES, y a los estudiantes, fomentando el denominado subsidio a la demanda en desmedro del subsidio a la oferta. No significa esto grandes subvenciones del Estado, por el contrario el camino señalado a universidades y estudiantes es el del endeudamiento con diversas instituciones ligadas al capital financiero. El Fodesep es convertido en Sociedad Anónima (art 156) con el propósito de vincular al capital privado en proyectos donde se oferte el servicio de educación superior, tendrá también la función de ser garante de los créditos que adquieran las instituciones de educación públicas y privadas con el propósito de aumentar la cobertura. Para el mejoramiento de la calidad educativa el propósito del proyecto es también buscar el endeudamiento de las IES, para lo cual el gobierno propone (art 157) que el Fondo Nacional de Garantías actúe como ente que respalde los créditos que estas contraigan. En esa misma línea para el mejoramiento de la inversión y la infraestructura, se propone (art 159) establecer una línea especial de crédito a través de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A, Findeter.
Es evidente que como los exiguos recursos que promete el gobierno no alcanzan para: Cumplir las metas de cobertura; garantizar una educación de calidad y mejorar la inversión y la infraestructura, el proyecto de Ley plantea el endeudamiento con el sector financiero para tratar de cumplir con tales fines. Esto obliga a la IES a aumentar el recaudo de rentas propias, a costa de un encarecimiento de las matrículas y demás servicios que ofrecen, con el fin de honrar sus obligaciones. A lo máximo que llega el gobierno es a poner al Fodesep, al Fondo Nacional de Garantías y a la FINDETER como respaldo de tales obligaciones evidenciando un desentendimiento estatal con el fortalecimiento del sector universitario. Así como la recomendación a la IES, por la escasez de recursos, es el crédito con el capital financiero, en esa misma línea es el mensaje que a través del ICETEX, convertido en un banco y cobrando intereses de usura, se envía a los estudiantes colombianos que tengan que recurrir a cualquiera de los mecanismos establecidos por esta institución para cursar sus estudios superiores. Con algunas becas para sectores muy reducidos y la creación de un Fondo para la Permanencia Estudiantil administrado por el Icetex, la regla es el fortalecimiento del subsidio a la demanda mediante la promoción del crédito educativo con lo que se empeña el futuro de las nuevas generaciones.
No queda duda entonces que el proyecto de Ley no recoge las aspiraciones del sector universitario colombiano, por el contrario profundiza la desfinanciación de la universidad, entroniza la concepción de universidad empresa y de educación como mercancía y renuncia explícitamente al desarrollo del aparato científico-tecnológico del país. El debate está vivo y la resistencia civil de los colombianos prevalecerá ante este nuevo atentado del santismo.
[1] Ver el http://m.eltiempo.com/vida-de-hoy/educacion/la-reforma-a-la-educacin-superior/9921924[2] Ver http://m.eltiempo.com/vida-de-hoy/educacion/la-educacion-superior-como-negocio-pros-y-contras/9860271/1
[3] CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Inclusión y Exclusión Social en Colombia: Educación, Salud y Asistencia Social Mercado y Política Social. Informe Social. Bogotá: Imprenta Nacional, 2008. p. 181.[4] Ibíd., pág. 92.
[5] SISTEMA UNIVERSITARIO ESTATAL. Revisión de la financiación con recursos de la nación para las Universidades Públicas. BOGOTÁ JUNIO 3 DE 2009. p. 4.
[6] Ibidem[7] Garzón, Carlos. Educación Superior Pública en Colombia: ¿Escasez de recursos o de voluntad política? Bogotá: Versión en PDF, 2010. p. 9. Disponible en http://universidad.edu.co/images/cm...
[8] SISTEMA UNIVERSITARIO ESTATAL. LA NUEVA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA: UN PROCESO DE CONSTRUCCIÓN INCLUYENTE DE LA NUEVA LEY DE EDUCACION SUPERIOR. Bogotá, Junio de 2011. p. 66
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